Celebrando el día mundial de las Aves este 10 de enero, recordamos y analizamos la importancia de los instrumentos internacionales en la defensa de los hábitats y las especies de aves en México.

Les vamos a contar que, en 1995 en la presa de Silva, Guanajuato se registraron las muertes de 40,000 aves migratorias y patos[1]. Estas eran aves locales y sobre todo migratorias que se trasladan en el continente Norte americano y que llegan a México durante el invierno, tanto para resguardarse del frio como para anidar. Es una de las familias migratorias que, aunque no tienen tanta visibilidad como la mariposa Monarca, si produce un gran beneficio ambiental con su migración y tiene una importancia fundamental en los ecosistemas que habita.

Regresando un poco en el tiempo, a la firma del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá[2] se firmaron acuerdos trilaterales en materia de Derecho Laboral y de Derecho Ambiental o protección al medio ambiente. Único en su tipo, el Acuerdo para la Protección del Medio Ambiente buscaba que, debido a las inversiones de dos países en desarrollo, México no estuviera en desventaja regulatoria en las condiciones ambientales para las empresas que vendrían a instalarse, igualmente se buscaba que la importación y exportación de bienes entre los países no viniera en detrimento de los ecosistemas de los países involucrados.

Se veía en evidencia que México era el más débil normativamente y que podría generar “dumping” o “comercio desleal” a costa de los trabajadores y de la naturaleza.

Así que el Acuerdo Trilateral que nos ocupa, contemplaba dos instrumentos de protección ambiental. Uno, la solicitud de un informe de las condiciones ambientales o de las causas de algún suceso ambiental, para que fueran éstas solucionadas, normadas o en su caso sancionadas ante un Panel Trilateral compuesto por la entonces Comisión de Cooperación Ambiental del Tratado de Libre Comercio. Y el otro instrumento, una denuncia pública de la falta de normalización o de la violación de la ley ambiental contra el medio ambiente para favorecer inversiones nacionales o internacionales en detrimento del propio país. Cabe mencionar que junto con este acuerdo ya existía un tratado internacional para la protección de las aves migratorias, del que los tres países son parte. [3]

En el caso de la Presa de Silva, donde murieron 40 mil aves nacionales y migratorias se debió a la contaminación producida por los peleteros a través del uso de Cromo Hexavalente principalmente,[4] una substancia altamente toxica, clasificada como peligrosa, que se usaba para suavizar la piel pero que se descargaba a la Presa de manera ilegal, causando el envenenamiento del hábitat y posteriormente de las especies.

Y aunque no era la primera vez que un suceso así de trágico había ocurrido, si era la primera vez que se utilizaba el instrumento contemplado en el TLC para dar una solución y cooperación a través del mismo para su atención.

Al elaborarse el reporte internacional, también en el mismo se contemplaron medidas de mitigación que debían ser tomadas en cuenta por la autoridad municipal, estatal y nacional para la regeneración de la zona y evitar que algo así ocurriera nuevamente.

Se consideraron acciones claras para la limpieza de la Presa y sus afluentes (cabe mencionar que desemboca en el Rio Santiago mismo que en esta administración se tiene contemplado para su saneamiento), evitar la anidación y arribo de las aves hasta en tanto se drenara y limpiara tanto de organismos infectados como de la contaminación del embalse de la presa, se recomendó tratar las aguas residuales antes de su vertimiento y el desuso de materiales peligrosos que ya eran prohibidos en otras partes del mundo, es decir el cromo hexavalente.

Habiendo sido un ejercicio jurídico interesante, para nivelar la situación legal y de saneamiento en cuencas hidrológicas a través de America del Norte, también fue una oportunidad de defender el medio ambiente. No sólo las organizaciones no gubernamentales formaron parte, lo hicieron en conjunto con la autoridad ambiental nacional y con el estado y los municipios que aunque entonces carecían de normatividad y presupuesto para defender de manera cohesiva el ambiente se hizo evidente la necesidad de la aplicación de normas oficiales sobre todo en materia de productos para la exportación.

Nos permitió corroborar la importancia de las aves migratorias, como patrimonio nacional y trinacional. Su impacto benéfico en los humedales que ocupan, en el control de insectos y la purificación de los embalses a los que llegan.

Celebrando a las aves, los patos, gansos y demás especies con los que compartimos el territorio del continente recordamos también que los humedales rescatados se vuelven indispensables para su arribo y propagación.

Defender el territorio de proyectos y actividades contaminantes es mantener la riqueza nacional, sea por medio de leyes locales, nacionales o internacionales, su uso nos coloca en la protección y vigilancia de la biodiversidad en general.

Autor: Dirección de Asuntos Jurídicos


[1] https://www.cec.org/files/documents/publications/1618-death-migratory-birds-silva-reservoir-1994-95-es.pdf

[2] https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/224500/2.4.1_TLCAN.pdf

[3] La mayor parte de las especies afectadas están protegidas por la I n t e r n a t i o n a l Migratory Bird Treaty Act (Ley del Tratado Internacional sobre Aves Migratorias)

[4] Además del cromo hexavalente se encontraron, metales pesados como mercurio, Endosulfán y otros presticidas, así como residuos provenientes de las aguas de drenaje de la ciudad contigua; mismos que produjeron finalmente botulismo.