Podría pensarse que la conservación como política pública y sus disposiciones legales son desarrollos recientes en México. Sin embargo, fue uno de los anhelos de la Asamblea Constituyente en 1917, donde se estableció claramente como principio para la distribución de la propiedad y la gestión del territorio:
“La Nación tendrá en todo momento el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el derecho de regular el uso de los recursos naturales susceptibles de apropiación, para asegurar una distribución equitativa de la riqueza pública y salvaguardar su conservación”.[1]
De esta manera, surgieron disposiciones claras para que México protegiera su riqueza ambiental —bosques, selvas, montañas, ríos, lagos y lagunas— como propiedad de la Nación que debe conservarse para el beneficio de todos.
Una de las primeras acciones de conservación fue la declaración de la primera área natural protegida, conocida como Parque Nacional Desierto de los Leones, del 27 de noviembre de 1917. Los responsables de la toma de decisiones, en particular el presidente Venustiano Carranza, comprendieron la importancia de mantener los bosques ricos en agua alrededor de la ciudad, y se decretó el instrumento de conservación, el primero de su tipo.

Desde entonces, durante poco más de cien años, hemos desarrollado no solo el concepto de conservación, sino también los instrumentos de política y las leyes para promover el estado de derecho en relación con la naturaleza, el patrimonio nacional y las futuras contribuciones del medio ambiente.
Si bien la conservación se define como «proteger, preservar o defender algo mediante acciones específicas contra daños, peligros o amenazas», no siempre se la consideró un concepto integral. Durante muchos años, la conservación se definió principalmente como el acto de preservar, de no tocar, de atesorar, sin permitir intervención ni asistencia en el proceso mismo. De ahí surgieron los llamados conservacionistas, un movimiento social opuesto a cualquier acción que involucre a la naturaleza.
Aunque con cierto desconocimiento, impulsaron un movimiento de protección ambiental que resultaba necesario en aquel momento ante la industrialización del país y del mundo. Esto conllevó la pérdida de importantes ecosistemas, la extinción de especies y una contaminación que persiste hasta nuestros días.
La conservación, entonces, cambió su perspectiva, pasando del solo hecho de conservar, sin intervenir, a la conservación proactiva, que ayuda al ecosistema a mantener el equilibrio mediante el desarrollo sustentable.[2]
Junto con el avance de las políticas públicas, también se ha transformado la legislación para la conservación de los ecosistemas, tal como la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección del Medio Ambiente[3] y su reglamento, que define instrumentos de protección ambiental tales como áreas naturales protegidas, áreas destinadas de manera voluntaria a la conservación (ADVC), territorios de reserva, ordenación territorial ecológica, evaluaciones de impacto ambiental y participación social; todo ello orientado al desarrollo sustentable, que en última instancia significa conservar para las generaciones futuras.
Así, la creación de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp)[4] conllevó una postura firme y la convicción de constituir un instrumento clave de la administración pública para salvaguardar los territorios protegidos y promover las acciones necesarias para su mantenimiento, cuidado y, sobre todo, conservación.
La defensa legal de la conservación ambiental ha avanzado tanto en la ideología como en la práctica. Desde todos los sectores, desde cada persona, grupo e institución, se ha incorporado un nuevo enfoque de conservación a la agenda nacional. Esto nos ha llevado a contar con un plan nacional, un programa sexenal y diversas estrategias nacionales y estatales para lograr la conservación.
Hoy en México, a través de la CONANP, disfrutamos de áreas naturales protegidas y áreas destinadas voluntariamente para la conservación que representan todos los ecosistemas mexicanos. Este esquema nos ha permitido descubrir lugares que, de otro modo, se habrían perdido sin la protección especial que les ha otorgado.
Los logros son evidentes: 232 Áreas Naturales Protegidas con una superficie total protegida de 98,000,719 ha, de las cuales 23,096,563.19 ha son terrestres y 74,904,155.39 ha marinas, así como, 616 Áreas destinadas voluntariamente a la Conservación en treinta entidades federativas con una superficie total certificada 1,337,075.58 hectáreas: superficies del territorio nacional se han cubierto mediante esfuerzos gubernamentales, privados, públicos y sociales, protegiendo la biodiversidad, patrimonio nacional y biocultural de México.
Para continuar con la conservación de los ecosistemas y la biodiversidad, la CONANP, en coordinación con dependencias del sector ambiental, trabaja estrategias derivadas del Convenio sobre la Diversidad Biológica y las metas 30x30 para proteger el 30% del territorio marino y terrestre para el año 2030, considerando además nuevas categorías de Áreas Naturales Protegidas, divididas en territorios comunitarios y espacios privados para la conservación, con el objetivo de abarcar todo tipo de ecosistema y sus interconexiones.
Conmemoramos este 27 de noviembre el Día de la Conservación, con una labor continua, protección ambiental y una visión de futuro que nos impulsa a creer que esta actividad no solo es valiosa, sino también es indispensable para el presente y futuro de las personas, la biodiversidad y las aportaciones de la naturaleza de la cual dependemos.
Autor: Dirección de Asuntos Jurídicos
[1] Artículo 27. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 febrero de 1917.
[2] Informe de Bruntland, Organización de las Naciones Unidas, 1987.
[3] Fue promulgada el 28 de enero de 1988 y modificada en diciembre de 1996.
[4] Creación de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 5 junio 2000.